viernes, 1 de febrero de 2008

Declaración de Final de Obra

A continuación realizaremos la anotación en el Registro de la Propiedad del Final de las Obras, para ello necesitaremos:

* nota: en caso de autopromoción no es obligatorio, ya que como se explicó en el punto "Petición de Presupuestos a Constructoras" este seguro no es compulsivo en la Autopromoción.

Es Importante seguir los pasos de Declaración de Obra Nueva y Final de Obra ya que la otra opción es declararla de una vez mediante el Registro de Edificación ya Construida, sistema éste, que puede originar varios problemas tanto de forma (realización de certificaciones, actas notariales,...) y de fondo (la no descripción adecuada de la construcción).

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