viernes, 1 de febrero de 2008

Licencia de Primera Ocupación

Una vez finalizada la obra deberá pedir al Ayuntamiento la Licencia de Primera Ocupación o Cédula de Habitabilidad.

Para conceder este documento el Ayuntamiento verificará mediante una inspección a la Obra que se han seguido los planos, y en caso de que haya habido alguna modificación, que figure en el Visado de Dirección de Obra y se ajusten a la normativa Urbanística local.

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