martes, 29 de enero de 2008

Inscripción en el Registro de la Propiedad

Normalmente este paso, en caso de haber pedido un préstamo, se encargaría el propio Banco. De todas formas es una gestión relativamente sencilla.

Una vez haya firmado el contrato de compra-venta ante Notario, éste le dará dos copias para realizar este paso y el siguiente.

Y entonces habrá de llevar la copia al Registro de la Propiedad para realizar la entrada de la compraventa y poder pagar los impuestos.

Compra de la Parcela

Una vez seleccionado el terreno (ver búsqueda de Terreno) y solucionado el tema del préstamo (ver Préstamo para la Autopromoción), tocaría de la compra del terreno.

Es muy importante en esta fase, que justo antes de la firma del contrato de compra-venta del Terreno, comprobar las cargas del mismo en el Registro para evitar estafas.

En caso de haber pedido un Préstamo al Banco lo normal es que firme ese contrato a través del Banco con un Notario puesto por el propio banco, comprobando posibles cargas y realizando la inscripción en el Registro de la Propiedad (siguiente fase), no así, de informar al Ayuntamiento para notificarlo al Catastro.

Si no ha sido así, firmaremos el contrato ante Notario y éste nos dará las copias tanto para el Registro como para el Ayuntamiento.

Préstamos para la Autopromoción

Son los préstamos que conceden los Bancos para la construcción de edificaciones. Estos préstamos tienen en cuenta las diferentes fases en la construcción de un edificio, desde la compra del terreno, su construcción e incluso su posible posterior venta a terceros.

En esencia y de forma esquemática, en el supuesto de que la vivienda que construya sea para usted, es decir, sea una Autopromoción, existen tres fases en el funcionamiento de este Préstamo:

Fase 1

  • Opción A (suele ser la menos gravosa)
    • En esta fase se concederá un crédito puente entre el 60% y el 70% del valor del terreno por el plazo de un año (solo se pagarán intereses, no el crédito dado, lo que permitirá seguir ahorrando)
    • En esta fase y durante un plazo no superior a un año habrá de comprar el terreno, Conseguir el Proyecto de Edificación Visado y la licencia de Obras.
  • Opción B
    • Una forma de evitar el crédito puente es la utilización del Contrato de Arras para la compra del Terreno, que consiste en el pago de una señal con un plazo para el pago de la cantidad total (dicho plazo depende de lo que se estipule en el Contrato de Arras).
    • Y así, en ese plazo, organizar todas las gestiones de Proyecto, Licencia y Tasación pudiendo pedir el Préstamo para la Construcción y el Terreno de una vez, pudiendo incluso optar a conseguir una financiación mayor del 80% del total.

Fase 2

  • Una vez aprobada la siguiente fase le darán el dinero de forma escalonada (por certificaciones de obra) siendo el monto del primer pago el correspondiente a lo aportado en la fase anterior.
  • La cantidad que se suele conceder en esta fase es el 80% del valor de tasación del edificio terminado (incluido el terreno) aunque puede variar.
  • Al igual que en la fase anterior se seguirán pagando solo los intereses (mientras dure la obra) por lo que podrá seguir ahorrando.

Fase 3

  • En esta última fase ya solo tiene que pagar el préstamo de forma normal (parte del crédito concedido más intereses) hasta la finalización del mismo.


En cualquier caso es importante consultar con el Banco las condiciones de los Prestamos que ofrecen y las ofertas que hagan de forma personalizada.